Jueves, 11 de octubre 2012 -
"Después de examinar todos los argumentos legales para
apoyar la presencia de Marruecos en el territorio (Sáhara Occidental), hemos
llegado a la conclusión de que Marruecos no puede reivindicar un derecho legal
al territorio, sobre la base de cualquier relación histórica que ha tenido con
el territorio antes de su colonización por España" el New York City Bar
Association testificó sobre el conflicto del Sáhara Occidental ayer ante la
Comisión Política Especial y de Descolonización de la Asamblea General de
Naciones Unidas.
En su testimonio, basado en un informe emitido por el New
York City Bar Association en el Comité de las Naciones Unidas, Katlyn Thomas,
ex Presidente del Comité, señala que en 1975 la Corte Internacional de Justicia
declaró que Marruecos no tenía ningún derecho sobre el territorio del Sáhara
Occidental. "La acción de Marruecos a pocas semanas de que la decisión de
evitar las consecuencias de esa decisión mediante el envío de su ejército en el
territorio contra la voluntad de sus habitantes sin duda viola el artículo 2,
párrafo 4 y el Capítulo VII, así como ARTICULO 3 (a) de la Asamblea General,
Resolución 3314 (XXIX) de abstenerse de actos de agresión ", afirma la
declaración. El acuerdo firmado por Marruecos con España en 1975, en las que
España accedió a retirarse del territorio y permitir que Marruecos y Mauritania
ocuparan el territorio, tampoco ampara ni justifican cualquier reclamación
legal al territorio.
"A pesar de sus más de 30 años de ocupación del Sáhara
Occidental, ni las Naciones Unidas ni de la Unión Africana, ni ningún estado
individual ha reconocido las reclamaciones de Marruecos sobre el territorio
como legítimo", afirma la declaración. "Incluso los miembros del
Consejo de Seguridad, que han abogado por negociaciones directas entre
Marruecos y el Polisario que han tenido lugar desde el año 2007, en comparación
con la aplicación del Plan de Arreglo que requeriría un referéndum, han
mantenido su apoyo al derecho a la libre determinación del pueblo del Sáhara
Occidental ".
La Sra. Thomas declaró: "Nuestro Comité llegó a la
conclusión de que el derecho a la libre determinación según el derecho
internacional exige que los saharauis tienen la oportunidad de determinar
libremente su condición política y que esta determinación debe incluir la
opción de la independencia."
En cuanto a la cuestión de cómo el derecho a la libre
determinación de la población autóctona del Sáhara Occidental puede ejercerse el
testimonio cita tres procedimientos: la aplicación de la original de la ONU y
la OUA Plan de Arreglo de 1991, la ejecución de una versión del Plan de Paz
propuesto por anterior de Estados Unidos la secretaria de Estado James Baker
III, cuando era el Enviado Especial de las Naciones Unidas Secretario General
para el Sáhara Occidental, o sin orden negociaciones sobre una "solución
política" con condiciones previas, incluido el calendario, similar al
Acuerdo General de Paz que fue desarrollado para Sudán. Cada una de estas tres
opciones pueden requerir una orden obligatoria por el Consejo de Seguridad en
virtud del Capítulo 7 de la Carta de las Naciones Unidas.
El testimonio concluye: "La comunidad internacional
debe tomar medidas para que este conflicto se resuelva en un futuro próximo.
Cuanto más tiempo se tarda en resolver la cuestión de la soberanía, más
complicada será la tarea de implementar cualquier solución lograda. En nombre
del Comité de las Naciones Unidas de la Asociación de Abogados de la Ciudad de
Nueva York, pido a este Comité a adoptar una posición con respecto a la
solución de la controversia sobre el Sáhara Occidental que sea consistente con
los principios del derecho internacional. "
Lea el testimonio aquí: http://bit.ly/UNcnQ9
Fuente: http://www.nycbar.org